Actualizado: 17 jul 2022
¿Sabes cuales son los títulos o permisos necesarios a la hora de gobernar una embarcación?
Quizá estés pensando que sería una buena idea alquilar una embarcación en Mallorca en compañía de familiares o amigos, pero tienes la duda de que titulación será necesaria para poder hacerlo, o por el contrario, dispones de alguna titulación pero no sabes si con ella puedes optar a una moto de agua, yate, lancha velero...
Sigue leyendo porque aquí despejaremos todas tus dudas.
Los títulos Náuticos son necesarios para una embarcación de recreo, ya que con ellos ganas los conocimientos necesarios en función del tipo de embarcación y zona de navegación.
Navegación sin titulación Náutica

Son las embarcaciones a motor de menos de 5 metros de eslora y con una potencia de motor no superior a los 11,26KW (15cv) o a vela de menos de 6 metros de eslora.
Licencia de Navegación (Antiguo Titulín)
-Atribuciones
Embarcaciones de recreo de hasta 6 metros de eslora y potencia motor aduecuadas a las del fabricante.
Navegación diurna, sin alejarse más de dos millas náuticas en cualquier dirección de un puerto, marina o lugar de abrigo.
Motos de Agua clase "C" mismas limitaciones.

-Condiciones
Mayores de 16 años con permiso paterno
Realizar reconocimiento médico
Asistir a curso en escuela náutica autorizada
Expedición del Título por la propia Escuela.
Patrón para la Navegación Básica
-Atribuciones
Gobierno de embarcaciones hasta 8 metros de eslora, con la potencia de motor adecuada a la misma, siempre que la embarcación no se aleje mas de 5 millas en cualquier dirección.
Podrá gobernar Motos de Agua.
-Condiciones
Mayores de 18 años o 16 años con permiso paterno.
Superar reconocimiento médico.
Aprobar examen tipo test de 27 preguntas.
Realizar prácticas básicas de seguridad y navegación cuya duración será de 8 horas impartidas en Barco-Escuela.
Para la habilitación para el gobierno de embarcaciones a vela (veleros) será preciso, además de realizar las prácticas anteriores, unas prácticas especificas a vela de 16 horas.
Realizar prácticas de Radiocomunicaciones de 4 horas en un simulador homologado en la escuela.
Solicitar la expedición del Título.

Patrón de Embarcaciones Recreo (P.E.R)
-Atribuciones Básicas.
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor hasta 15 metros de eslora y potencia motor adecuada para la navegación en una zona comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma, trazada a 12 millas, así como la navegación interinsular en los archipiélagos Balear y Canario.

-Atribuciones adicionales, navegación entre Islas y la Península.
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, que faculta para la navegación entre la Península Ibérica y las Islas Baleares.
-Condiciones.
Haber cumplido 18 años.
Superar reconocimiento médico.
Aprobar examen tipo test de 45 preguntas.
Realizar unas prácticas básicas de seguridad y navegación cuya duración será de 16 horas, impartidas en el Barco-Escuela.
Para veleros, habrán que realizar las prácticas anteriores además de 16 horas específicas de vela.
Realizar curso de Radio-operador de corto alcance de 12 horas en un simulador homologado en la escuela.
Solicitar la expedición del título.
-Condiciones Atribuciones Adicionales.
Realizar prácticas de navegación adicionales de 24 horas de singladura (seguidas).
Patrón de Yate (P.Y)
-Atribuciones
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora y una potencia de motor adecuada, para la navegación comprendida entre la costa y la línea paralela a la misma trazada a 150 millas, así como la navegación interinsular en los archipiélagos Balear y Canario.
Podrán gobernar motos de agua.
-Condiciones
Estar en posesión del título de Patrón de Recreo (P.E.R)
Haber cumplido 18 años.
Superar reconocimiento médico
Superar los exámenes de las 4 asignaturas independientes
Realizar prácticas básicas de seguridad y navegación, cuya duración será de 48 horas impartidas en el Barco-Escuela, debiendo realizar, por lo menos, una guardia de navegación completa de día y otra de noche.
Para la habilitación para el gobierno de embarcaciones a vela (veleros) será preciso, además de realizar las practicas anteriores, realizar unas específicas a vela de 16 horas.
Realizar un curso de Radio-Operador de corto y largo alcance de 12 horas en un simulador homologado en la escuela (si ya se dispone de el no será necesario).
Solicitar la expedición del título.

Capitán de Yate (C.Y)
-Atribuciones
Gobierno de embarcaciones de recreo a motor de hasta 24 metros de eslora, que faculta para la navegación sin límites geográficos, además de poder gobernar motos acuáticas.
-Condiciones
Estar en posesión del título de Patrón de Yate (P.Y)
Haber cumplido 18 años
Realizar reconocimiento médico.
Superar los exámenes de 4 asignaturas independientes.
Realizar prácticas básicas de seguridad y navegación, cuya duración será de 48 horas impartidas en el Barco-Escuela, 36 de ellas serán en régimen de travesía, debiendo realizar cada alumno por lo menos, una guardia de navegación completa de día y otra de noche.
Para la habilitación para el gobierno de embarcaciones a vela(veleros) , será preciso realizar unas prácticas específicas a vela de 16 horas.
Realizar curso de Radio-Operador de corto y largo alcance de 12 horas en un simulador homologado en la escuela(si ya dispone de el no será necesario).
Solicitar expedición del Título.
Navegación a Vela, para Patrón de Navegación Básica, Patrón de Recreo, Patrón de Yate y Capitán de yate.
-Atribuciones
Gobierno de embarcaciones de recreo a vela con las mismas atribuciones que corresponda a cada título, su obtención se realizara una sola vez, siendo válido para todos los títulos.
-Condiciones
Querer obtener una titulación náutica, poseer o haber aprobado el examen teórico de alguno de los títulos de Patrón de Navegación Básica, Patrón de Recreo, Patrón de Yate, o Capitán de Yate.
Realizar 4 salidas de prácticas a vela de 4 horas cada una, en total 16 horas.

Patrón Profesional de Embarcaciones de Recreo (P.P.E.R)
-Atribuciones
Gobierno de embarcaciones matriculadas en lista sexta o séptima, siempre y cuando no hayan más de 12 personas embarcadas, incluida la tripulación, en embarcaciones de recreo de eslora igual o superior a 24 metros.
Zona de navegación a lo largo de la costa española y dentro de la zona comprendida entre esta y la línea de 60 millas paralela a la misma.
Debemos tener en cuenta que el P.P.E.R no es un título náutico en si, se trata de una habilitación para trabajar legalmente en embarcaciones de recreo. Nuestro título será siempre y en todo momento el de Capitán de Yate.
-Precondiciones
Haber cumplido 20 años de edad
Estar en posesión del título de Capitán de Yate
Aportar una declaración responsable en la que se acredite con indicaciones del nombre del buque y su matrícula haber navegado, al menos 50 días y 2.500 millas, incluyendo por lo menos cinco travesías de mas de 60 millas, medidas a lo largo de la ruta navegable más corta de un puerto de zarpada y uno de destino, ejerciendo como patrón durante la travesía; Esta singladura deberá ser de altura y de una duración mínima de 48 horas.
Estar en posesión de los certificados de especialidad:
-Operador general o restringido del sistema mundial de socorro y seguridad marítima.
-GMDSS
-Formación Básica
-Buques de Pasajes
-Antiguo RO-RO
-Formación Sanitaria Básica
-Lucha contra Incendios (nivel avanzado)
-Embarcaciones de supervivencia y botes de rescate (no rápidos)
-Condiciones
Superar reconocimiento médico de embargue marítimo, realizado por el Instituto Social de la Marina.
Superar la prueba de conocimientos que se realiza en la Dirección General de la Marina Mercante, sita en Madrid. (exámenes MARZO/ABRIL/OCTUBRE)
Obtener la libreta de inscripción Marítima.
Esperamos que este apartado te haya servido para ayudarte con tus dudas.
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